Denunciar llamadas de spam: AEPD, Lista Robinson y más — paso a paso
Redacción ¿Quién me llama? · Actualizado el 30/8/2026
Desde el 29 de junio de 2023, la llamada comercial que usted no ha consentido es, con carácter general, ilegal: lo dice el artículo 66 de la Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones. La época en que el spam telefónico era «molesto pero legal» terminó — lo que queda es hacer que la prohibición trabaje, y eso pasa por denunciar bien. Esta guía ordena los canales: cuál sirve para qué, qué datos necesita cada uno y qué puede esperar de vuelta.
Antes de nada: documente en caliente
Toda denuncia eficaz se apoya en lo mismo: número llamante, fecha y hora, empresa anunciada y resumen de la conversación. Apúntelo nada más colgar — el registro de llamadas le da número y hora exactos —, y si le llaman varias veces, lleve la cuenta. Dos gestos más que fortalecen el caso: pregunte en la propia llamada por el nombre de la empresa y de qué fichero sacaron su número (tienen obligación de decírselo), y diga expresamente que revoca cualquier consentimiento y no quiere volver a ser llamado. Deje también su denuncia en la página del número aquí: no es un canal oficial, pero avisa a los siguientes y hace visible el patrón de campaña.
Canal 1: la AEPD, para la publicidad no consentida
La Agencia Española de Protección de Datos es la autoridad que sanciona las llamadas comerciales ilegales. La reclamación se presenta en su sede electrónica, adjuntando los datos documentados; puede reclamar tanto si la empresa le llamó sin consentimiento como si le siguió llamando tras revocarlo o estando usted en la Lista Robinson. La AEPD tramita, requiere información a la empresa y resuelve — los plazos son de meses, pero las resoluciones llegan y las multas también: los expedientes por telemarketing ilegal acumulan sanciones millonarias a operadores y comercializadoras en los últimos años. Su denuncia individual es la materia prima de esos expedientes.
Canal 2: su operador y la empresa anunciante
En paralelo, dos escritos breves rinden más de lo que parece. A la empresa en cuyo nombre llamaban: ejercite sus derechos de supresión y oposición (RGPD) pidiendo que borren su número de sus ficheros y campañas — están obligados a responder en un mes, y su silencio refuerza la reclamación ante la AEPD. A su operador: pregunte por sus servicios de filtrado de llamadas comerciales y deje constancia de las molestias; los operadores están además obligados a bloquear numeración implicada en fraude cuando el regulador lo ordena.
Canal 3: policía e INCIBE, para el fraude
Si la llamada no vendía nada sino que suplantaba a su banco, a la policía o a un técnico — o le sacó datos o dinero —, cambie de vía: eso es un delito, no una infracción de protección de datos. Denuncia ante la Policía Nacional (091) o la Guardia Civil (062), a ser posible con la factura o los movimientos bancarios; la línea gratuita 017 de INCIBE asesora sobre los pasos si duda por dónde empezar, y su banco debe ser la primera llamada si facilitó credenciales (las estafas de autoridad, aquí).
Canal 4: la prevención que evita la siguiente
- Lista Robinson: inscripción gratuita que las empresas deben consultar antes de cada campaña. No frena a los delincuentes, pero convierte cada llamada comercial posterior en una infracción clarísima — la denuncia perfecta.
- Bloqueo en el terminal y en la red: del botón de bloquear a silenciar desconocidos, en Bloquear llamadas de spam.
- Higiene del número: cada formulario, sorteo y tarjeta de fidelización con su teléfono es una fuente potencial de campañas. Casilla de publicidad siempre sin marcar, y un segundo número (o el fijo) para registros de usar y tirar.
La foto completa de qué números están siendo denunciados esta semana — y dónde encaja el suyo — está en el barómetro de spam.
Preguntas frecuentes
¿Denunciar ante la AEPD me cuesta algo?
No. La reclamación se presenta gratis a través de la sede electrónica de la AEPD (con certificado, Cl@ve o incluso sin identificación electrónica por formulario). Tampoco necesita abogado.
¿Qué pasa si no sé qué empresa me llamó?
Aporte lo que tenga: número, fecha, hora, resumen de la conversación y compañía en cuyo nombre decían llamar. La AEPD puede requerir a los operadores la identificación del titular de la línea. Cuantas más llamadas documente, más viable es la investigación.
¿De verdad multan por esto?
Sí. La AEPD viene imponiendo sanciones millonarias a operadores y comercializadoras por llamadas a personas inscritas en la Lista Robinson o sin consentimiento válido, además de miles de resoluciones menores a empresas concretas.
¿Y si la llamada no era publicidad sino un intento de estafa?
Entonces el canal no es la AEPD sino la policía: denuncia ante la Policía Nacional (091) o la Guardia Civil (062), y la línea gratuita 017 de INCIBE para asesoramiento en ciberestafas. Si facilitó datos bancarios, llame primero a su banco.